Solo faltan quince días de que finalice el plazo para que las personas morales presenten su declaración anual del ejercicio fiscal anterior y este año el cumplimiento ha sido mayor en 88 por ciento en comparación al 2023, explica Edmundo Rogelio Naranjo Dávalos, administrador de Servicios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Indica que en el caso de las personas morales declaran entre los meses de enero a marzo y en este año podrán hacerlo hasta el día primero de abril, debido a que el último día del mes es inhábil. Por lo que se recorre el cumplimiento a esa fecha.
Recomienda a los contribuyentes cumplir en tiempo para evitar recargos y sanciones económicas. “Lo mejor es evitar pagar de más”.
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Señala que al corte del 12 de marzo las cifras son mejores que el año anterior. “Si lo comparo con 2023 en la misma fecha se habían recibido 90 mil 33 declaraciones, mientras que en el actual la cifra es mucho mayor. Tenemos un porcentaje de cumplimiento elevado porque hemos recibido hasta la misma fecha 168 mil 813 declaraciones, lo que es una variación de 88 por ciento más”.
Edmundo Rogelio Naranjo resalta que ayuda mucho el tema de la simplificación del sistema. Y que los contribuyentes sean más conscientes de cumplir en tiempo sus obligaciones.
¿Cuáles son los requisitos principales que deben cumplir los contribuyentes?
Subraya que hay dos requisitos que son primordiales para que puedan hacer la declaración los contribuyentes morales en el portal del SAT, donde todo está automatizado desde hace varios años. Primero es forzoso tener la firma electrónica actualizada, de no tenerla no se podrá hacer el procedimiento.
Aclara que en este momento el SAT tiene la facilidad de que si es persona moral y la firma electrónica está por vencer o ya venció y tiene menos de un año de caducada se podrá hacer el trámite en el portal del SAT sin necesidad de ir a las oficinas y perder tiempo.
Remarca que la vigencia de la firma electrónica es de 4 años, por lo que hay que verificar si no se venció. “El asunto es que muchos llegan el último día y sin tener cita quieren hacer el trámite y eso no es posible”, comenta.
Otro requisito que es indispensable, es contar con el servicio de banca electrónica para pagar con transferencia en los bancos autorizados, es necesario este tema para cumplir con la obligación fiscal.
Asimismo resalta que se ampliará el horario de atención. De 8:30 a 18 horas los días 22, 25, 26, 27 de marzo y 1 de abril. Esto para que los que faltan puedan cumplir.
Por último, recuerda que es necesario revisar que estén al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, anuales de impuestos sobre la renta (ISR) y retenciones de pagos realizados por arrendamiento, entre otros.
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