Las y los integrantes del Comité de Evaluación del Poder Judicial señalaron que hoy perciben inviable la tarea constitucional que les fue encomendada, por lo que presentaron su renuncia.
Georgina Hernández
Los cinco integrantes del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación presentaron su renuncia con carácter de inmediato e irrevocable ante la imposibilidad jurídica de continuar con el proceso de selección de personas candidatas para la elección judicial.
- CHECALO -
Así lo dieron a conocer en una carta firmada por las magistradas Emma Meza Fonseca, Emilia Molina de la Puente y la doctora Mónica González Contró; así como por el magistrado Wilfrido Castañón León y el doctor en Derecho, Enrique Pereda Trejo, en la que expusieron que aceptaron el cargo con la convicción de que este podría constituir un espacio importante para garantizar la llegada de perfiles profesionales al procedimiento de elección.
No obstante, subrayaron que, tras haber iniciado una fuerte agenda de actividades dirigida a seleccionar a los mejores perfiles, atendiendo en todo momento las distintas decisiones jurisdiccionales, hoy perciben inviable la tarea constitucional que les fue encomendada.
Esta decisión ocurre luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó al Senado suplir en sus responsabilidades al Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación, luego de que este pausó sus actividades desde el pasado 7 de enero a fin de cumplir con dos suspensiones judiciales que dictaron jueces de Michoacán y Jalisco.
Más temprano, la ministra Yasmín Esquivel Mossa afirmó que la ministra presidenta, Norma Piña Hernández, violó la independencia y autonomía del Tribunal Electoral para llevar a cabo el proceso que está previsto para el 1 de junio, luego de que el pasado viernes 24 de enero otorgó medidas cautelares que impedían proceder legalmente contra las y los integrantes del Comité de Evaluación del Poder Judicial por no acatar la resolución del Tribunal Electoral que les ordenó reactivar el proceso de selección de personas candidatas.
A través de su cuenta de X, la ministra precisó que, en principio, el Pleno de la Corte tiene atribuciones para conocer controversias como las suscitadas entre los fallos de los Juzgados Primero de Distrito en el Estado de Michoacán y Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, y el del Tribunal Electoral, pero que no tenía facultades para decretar la suspensión en los términos solicitados por el Comité de Evaluación.
También apuntó que a la ministra Piña Hernández sólo le corresponde recibir el asunto, registrarlo y turnarlo a un integrante del Pleno para que elabore un proyecto de resolución, que en este caso correspondió al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. En ese sentido, aseveró que no existía fundamento alguno para que la ministra presidenta decretara las medidas cautelares por iniciativa propia.
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