La SCJN determinó mantener inactivas las actividades del Comité de Evaluación del Poder Judicial para la elección judicial.
Georgina Hernández
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó mantener inactivas las actividades del Comité Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF), en tanto resuelve quién tiene la razón sobre la reactivación o no de la selección de personas candidatas para la elección extraordinaria del próximo 1 de junio.
- CHECALO -
Así se dio a conocer en un acuerdo publicado este viernes, a solicitud del magistrado Wilfrido Castañón León. Con dicho documento, el Máximo Tribunal aceptó ejercer su facultad de atracción para resolver la controversia. La cual impide el ejercicio de las atribuciones del Comité de Evaluación el cual, desde el pasado 7 de enero, suspendió sus actividades en cumplimiento a las suspensiones dictadas por los Juzgados Primero de Distrito en el estado de Michoacán y Sexto de Distrito en Materia Administrativa en el estado de Jalisco.
¿Qué dijo Norma Piña?
La ministra presidenta Norma Piña Hernández determinó que este asunto debe ser analizado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, dado que a su ponencia ya habían sido turnadas otras tres solicitudes relacionadas con este caso.
Por lo anterior, el ministro Gutiérrez Ortiz Mena deberá elaborar un proyecto que determine a cuál de las resoluciones en conflicto deberá atenerse el Comité de Evaluación. Incluso establecer una forma diversa en la que dicho órgano colegiado deba conducir el ejercicio de sus atribuciones.
En este sentido, la Corte requirió documentales al Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Michoacán, y ordenó dar vista a la Sala Superior del Tribunal Electoral para que rinda su informe y exhiba los documentos en los que consten las actuaciones controvertidas y los que estimen pertinentes.
Ordenan reanudar la selección de personas candidatas a la Elección Judicial
Lo anterior, luego de que el pasado miércoles 22 de enero, ordenó al Comité de Evaluación reanudar en un plazo máximo de 24 horas el proceso de selección de personas candidatas. Además, indicó que daría vista a la Fiscalía General de la República (FGR) para que inicie la carpeta o las carpetas de investigación que correspondan, y la imposición de multas que van de los 54 mil a los 107 mil pesos.
Cabe recordar que, tras darse a conocer esta sentencia del Tribunal Electoral, el Comité de Evaluación solicitó al Máximo Tribunal una definición en torno a este tema, argumentando que ante la incertidumbre en la que se encuentran por dar cumplimiento a diversas resoluciones, aparentemente contradictorias, tiene que ser el Alto Tribunal el que defina cuál es la vía para controvertir las medidas cautelares otorgadas en los juicios de amparo promovidos contra el decreto de reforma judicial.
Posterior a esto, la SCJN sostuvo que en efecto el fallo del Tribunal Electoral que ordena al Comité de Evaluación reactivar el proceso de selección de candidaturas, es una contradicción de criterio con el juez que determinó la suspensión provisional del procedimiento.
Asimismo, su propuesta deberá responder si los actos de preparación y organización del proceso electoral extraordinario son susceptibles de suspenderse por mandatos derivados de la jurisdicción de amparo o si existen actos relacionados que pueden detenerse y otros en los que esto sea improcedente.
Finalmente, la Corte precisó que mantener la interrupción de actividades en el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación no implica una suspensión en materia electoral, sino la adopción de una medida cautelar que incide exclusivamente en la esfera jurídica del Comité
DERECHOS DE AUTOR
Esta información pertenece a su autor original y fue recopilada del sitio
https://noticias.imer.mx/blog/scjn-atrae-amparos-contra-seleccion-de-aspirantes-a-eleccion-judicial/