La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la Comisión de Agua del Estado de Veracruz (CAEV) y el ayuntamiento de Tlacotalpan por las afectaciones que provocan a la población las descargas de aguas residuales en el río Papaloapan sin tratamiento previo.
De acuerdo a lo establecido en la recomendación 125/2024, se emitió el documento en el que se señala que personas visitadoras adjuntas al organismo, especialistas en Biología y criminalística analizaron el agua de este afluente.
¿Qué indició el análisis de evidencias sobre la contaminación al río Papaloapan?
Además, se realizó el análisis de las evidencias recabadas durante la investigación de la CNDH, derivado de denuncias presentadas por la población.
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Ante ello, se acreditó que Conagua, CAEV y el ayuntamiento de Tlacotalpan han tenido responsabilidad en los hechos, debido a que no atendieron de manera adecuada la contaminación del río.
Asimismo, se indicó que se consolidaron violaciones al derecho a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua para la población que habita y transita en las inmediaciones del cauce del río, incumpliendo de manera significativa con sus obligaciones constitucionales y convencionales.
¿Qué señala la recomendación de la CNDH por la contaminación al río Papaloapan?
Tras ello, se emitió la recomendación en la que se pidió la realización de un convenio Marco de Coordinación Interinstitucional y Cooperación Técnica para la Protección Ambiental, Restauración y Reparación Integral de los daños ocasionados por la contaminación del río Papaloapan.
Esto, con el objetivo de coordinar e implementar un programa integral de saneamiento de dicho cuerpo de agua.
De la misma forma, se deben inventariar los puntos de descarga de aguas residuales e identifiquen aquellos que cuentan con título de concesión vigente; gestionar recursos para programas de alcantarillado, saneamiento y cultura del agua en los ejercicios fiscales 2024, 2025 y 2026; impartir un curso integral en materia de derechos humanos con énfasis a los vulnerados en este caso, dirigido al personal de las áreas que intervienen en la zona.
Los organismos de agua federal y estatal tienen que dar seguimiento a las vistas administrativas ante los órganos internos de control correspondientes que se pongan en marcha contra las personas servidoras públicas que resulten responsables.
En lo correspondiente al ayuntamiento de Tlacotalpan:
Éste deberá gestionar apoyo de Banobras para financiar obras y actividades capacidades técnicas y financierasConvocar, de ser necesario, con el gobierno del Estado la asunción temporal de los servicios públicos mencionadosElaborar campañas periódicas de sensibilización ambiental y de reciclaje entre los habitantes del municipio e informar a las autoridades correspondientes acerca de los sitios de disposición final de residuos urbanos que no cumplan con las especificaciones dispuestas en la normatividad
Conagua tendrá, en su responsabilidad, generar estudios para determinar la calidad del agua del río Papaloapan e implementar un programa de monitoreo del agua del afluente para combatir la contaminación de éste.
El río Papaloapan es un importante desemboca en el Golfo de México, pasando principalmente por los municipios de San Juan Bautista Tuxtepec, Otatitlán, Tlacojalpan, Tuxtilla, Chacaltianguis, Cosamaloapan, Carlos A. Carrillo, Amatitlán, Tlacotalpan y Alvarado.
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