Hechos clave:
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La exención fiscal sólo alcanza a quienes tengan criptomonedas en exchanges registrados.
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Los valores que superen los USD 100.000 deberán permanecer en el sistema para obtener el beneficio.
Desde hoy, los argentinos podrán adherirse a un “perdón” fiscal si declaran su patrimonio en bitcoins (BTC) y otras criptomonedas al Estado. Aquellos que lo hagan, evitarán ser sancionados por el delito de evasión y estarán exentos de pagar un impuesto especial quienes declaren el equivalente a 100.000 dólares.
El Gobierno reglamentó este viernes la denominada Ley N° 27.743 de “Paquete Fiscal”, que el presidente Javier Milei logró su aprobación junto a la “Ley Bases”. Son dos iniciativas fundamentales para el plan de gobierno libertario y el rumbo económico de la gestión.
- CHECALO -
Ambas legislaciones tienen su complejidad, y varios puntos exigen una reglamentación específica a la hora de implementarlas. Hoy se publicó en el Boletín Oficial del Poder Ejecutivo algunas de las aclaraciones que la industria y los tenedores de criptomonedas esperaban sobre precisiones al respecto.
En caso de adherir a este régimen, los contribuyentes que tengan criptomonedas podrán liberarse del pago de impuestos específicos, así como de sanciones penales y civiles por evadir el fisco.
Según el decreto reglamentario 608/2024, en su artículo 12, las criptomonedas se considerarán dentro del país en la medida en que sean administrados o custodiados en un exchange inscrito ante la Comisión Nacional de Valores (CNV), el organismo a cargo de la regulación de los activos digitales.
Este punto importa en la normativa impositiva local, ya que la carga tributaria es más onerosa si las tenencias se declaran fuera del país.
Como reportó CriptoNoticias, la CNV lanzó en marzo el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) como parte de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), para prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Esta nueva normativa fue muy discutida por la industria.
Ahora bien, existen monederos virtuales que operan internacionalmente y no están inscritos en el PSAV. Y muchos argentinos los usan. En estos casos, aquellos que tengan criptomonedas en esos proveedores, no podrán exteriorizar sus tenencias con las condiciones del nuevo régimen.
Frente a estos casos, la única condición que se fija para ingresar al beneficio fiscal es si son transferidos a un exchange del PSAV, al momento de que estos ingresos sean declarados ante el Estado.
Otra aclaración del decreto es la forma en la que se valúan los activos digitales, sobre todo en casos como los de bitcoin, que presentan una variación diaria constante.
En este punto, el decreto especifica que “deberá considerarse su valor de mercado al 31 de diciembre de 2023 o su valor de adquisición, el que fuera mayor, convertido al Tipo de Cambio de Regularización”, que a la fecha es de 1000 pesos.
Cabe señalar que, actualmente, en Argentina, el valor de mercado del “cripto dólar” tiene una cotización mucho mayor que el oficial, y es superior a los 1400 pesos en moneda fiat local.
El tercer punto es que a las criptomonedas les aplica el mismo criterio que otras tenencias de dólares o divisas extranjeras. Estarán exceptuados de pagar el impuesto especial establecido en el “blanqueo” para aquellos montos equivalentes hasta los 100 mil dólares al 31 de diciembre del año pasado.
Cuando se supere el umbral de esta franquicia de USD 100.000, se debe pagar el impuesto especial sobre el excedente respectivo, con alícuotas con un costo del 5%, 10% al 15% según el monto declarado.
“Es alícuota cero para montos superiores a los USD 100.000, en tanto y en cuanto lo entres en el sistema financiero argentino y no lo retires hasta el 31/12/25, o lo destines a cierto tipo de inversiones a ser definidas por el Poder Ejecutivo”, aclaró el ministro de Economía, Luis Caputo, en la red social X.
¿Este esquema evita el pago de todo tipo de impuestos por criptomonedas? La respuesta es negativa, y solo beneficia a esta situación especial sobre el patrimonio no declarado.
Una vez registrados ante el Estado los activos digitales, cada contribuyente de Argentina, en caso que corresponda, deberá afrontar el pago de otros tributos, como el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto a las Ganancias, que impactan en los altos ingresos.
Además de las criptomonedas, con el blanqueo se pueden declarar la mayoría de los bienes dentro y fuera del país, tenencias en moneda nacional o extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo; inmuebles; acciones, participación en sociedades, bonos, obligaciones negociables, entre otros.
No se podrá regularizar el patrimonio que “estuviera depositados en entidades financieras o agentes de custodia radicados o ubicados en jurisdicciones o países identificados por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) como de Alto Riesgo (’Lista Negra’) o Bajo Monitoreo Intensificado (’Lista Gris’)”.
El programa de blanqueo consta de tres etapas, con beneficios y alícuotas diferencias en cada una. Las criptomonedas podrán declararse en lo que se considera la “etapa 1″ del blanqueo, que se extiende hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive. La fecha límite de adhesión es el 31 de marzo de 2025.
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