La consejera del IECM Sonia Pérez, aseguró que no existe sobrerrepresentación en ninguno de los partidos.
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Escucha la entrevista con Sonia Pérez, consejera del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM).
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IMER Noticias
La asignación de siete de nueve diputados de representación proporcional en el Congreso de la Ciudad de México a Morena, generó una controversia por parte de la oposición; sin embargo, este proceso se desarrolló dentro de la ley, puesto que el IECM actuó acatando las normas que establecieron los propios partidos políticos.
Así lo explicó para la Primera Emisión de IMER Noticias, Sonia Pérez, consejera del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM).
“Estamos hablando de un régimen diferente, aquí no fueron en coalición, en diputaciones, sino fueron en candidatura común. ¿Y por qué es importante esto? Estos siete diputados, de hecho, fueron nueve diputados que establecieron en el convenio que los postulaba el Partido Verde y el Partido del Trabajo, pero que cuando ganaran se iban a incorporar al partido Morena, no al revés.
“Y lo que sucedió es que, en siete casos, ya cuando ganaron los diputados presentaron un escrito donde dijeron ‘yo no me identifico ni con los principios de Morena ni fui postulado por Morena ni me preguntaron y yo cuando asuma el cargo me voy a incorporar al Partido Verde que fue el que me postuló o al Partido del Trabajo que fue el que me postuló”.
En este sentido, la consejera Sonia Pérez aseguró que ninguno de los partidos políticos en lo individual aumenta o excede el 8 por ciento que le permite tanto la Constitución local como el Código Electoral.
“Cuando hicimos la asignación de representación proporcional el código establece reglas generales que son que cada uno de los partidos no esté sobrerrepresentado en un 8 por ciento adicional de la votación que tuvo y ese es su límite.
“En el caso concreto nos enfrentamos a esta situación porque lo que nosotros buscamos con una disposición que pusimos, específicamente como instituto para analizar los límites de sobrerrepresentación, fue considerar y tener en cuenta el grupo parlamentario al que realmente se iba a incorporar en el Congreso cada uno de los diputados y en todos los casos coincidía, salvo estos nueve casos”.
Bajo esta lógica el IECM asignó a siete legisladores locales que no expresaron lo contrario y de acuerdo con el convenio, a Morena y los dos restantes los dejó a los partidos que los postularon.
Pérez agregó que existen dos criterios judiciales que refrendan este procedimiento: “el primero es el de la filiación efectiva, es decir, si un candidato milita y pertenece al PAN, como fueron en coalición de cualquier manera podría postularlo el PRI, y eso la ley lo permite, eso entra en el ámbito intrapartidario”.
El segundo, es que los partidos previamente establecieron un porcentaje de votación.
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