El presidente del Colegio de Abogados Juristas en Veracruz, Valentín Olmos Alfonso, dio a conocer que luego de que un juez dicta una sentencia absolutoria pueden aplicarse de manera legal dos recursos: la apelación por la parte acusadora y amparo directo por parte de los señalados.
Además, en caso de que la sentencia absolutoria se confirme, las personas que fueron denunciadas, procesadas, tienen el derecho de hacer valer el pago de reparación del daño.
¿Cuál fue la decisión del juez sobre el caso de los cafetaleros acusados por AMSA?
Ayer, miércoles 3 de abril, por la noche el juez del Distrito de Huatusco absolvió a los acusados por la empresa Agroindustrias de (AMSA- ECOM) del incendio registrado en enero de 2022 en un beneficio de café ubicado en Ixhuatlán del Café.
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Sobre ello, se le cuestionó al abogado, quien señaló que la empresa podría hacer uso del recurso de apelación, para lo cual cuenta con un periodo de tres días contados a partir de la notificación de la resolución.
En caso de que se aplique este recurso, la apelación debe ser presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de Veracruz y podrán conocerla o resolverla los magistrados que integran la Primera, Tercera o Quinta.
“La resolución puede confirmar la sentencia absolutoria, modificarla y ordenar que se reponga el procedimiento, o revocarla para que el juez se pronuncie en otro sentido por las razones que consideren que no fueron analizadas”, expresó.
Recordó que en la Constitución Política federal se establece que nadie puede ser juzgado por el mismo delito dos veces, de ahí que los exonerados no deben ser señalados por la empresa por el mismo acto.
Explicó que si se lleva a cabo el recurso de apelación, los señalados podrán hacer uso del amparo directo, presentando todas las pruebas y la resolución que ya obtuvieron del juez local.
“Cuando hay una sentencia absolutoria por parte de un juez están todavía los recursos, en este caso, el recurso de apelación y, posteriormente, el amparo directo, pero si se agotan estos preceptos o no se agotan dentro del término de ley, en este caso el amparo directo son quince días y para la apelación son tres días”, dijo.
Refirió que en el caso de que ninguna de las partes acuda a alguno de estos recursos, la sentencia del juez quedaría firme, lo que significa que no se puede volver a denunciar por los mismos hechos.
Además, las personas absueltas cuentan con el derecho de solicitar la reparación del daño por el tiempo que duró el proceso penal en su contra.
“Dentro de esa sentencia absolutoria las personas que fueron denunciadas, procesadas, tienen el derecho de hacer valer el pago de reparación del daño, lo cual debe ser ante un juez de Materia Civil, a fin de que se demuestre ese daño moral y patrimonial que se le causó a las personas”, manifestó.
Para ello, detalló, se tienen que establecer los salarios o pagos que dejaron de percibir en el trabajo que desarrollaban, así como los gastos que hicieron los familiares para poder visitarlos, las garantías económicas en caso de haberla depositado, incluso los tratamientos psicológicos a los que se someten para poder lograr su reinserción a la sociedad.
Destacó que aunque se trata de un caso en el que se vieron involucradas varias personas, todos los procesos tanto legales como de reparación o amparo deben aplicarse de manera individual, considerando todo lo que implicó para ellos haber sido señalados por la comisión de un presunto delito.
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