Cuatro magistrados del TEPJF consdieraron que desde su posición como gobernador, Cuauhtémoc Blanco sí puede hacer uso indebido de su posición.
Claudia Téllez
Cuauhtémoc Blanco sí podrá contender por una diputación federal plurinominal por Morena, pero tendrá que dejar el cargo de gobernador de Morelos.
- CHECALO -
Cuando el partido Morena incluyó a al gobernador morelense en el segundo lugar de la lista correspondiente a la cuarta circunscripción, los partidos PAN, PRI, y PRD argumentaron que el gobernador debió separarse del cargo según la normativa local.
Ahora el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el registro de la candidatura de Blanco. Sin embargo, modificaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) y ordenaron que de manera inmediata se separe del cargo de gobernador de Morelos para evitar “injerencias indebidas”.
TEPJF aprueba registro por mayoría, la magistrada presidenta rechazó el proyecto
La candidatura de Cuauhtémoc Blanco quedó aprobada por mayoría por el Tribunal Electoral. Al proponer cambios al proyecto de resolución, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón precisó que el Artículo 55 de la Constitución establece que los mandatarios locales deben separarse del cargo si tiene alguna influencia o ejerce el mando de la fuerza pública de los distritos donde se contenderá.
“En mi consideración debe aplicarse a este caso esta doctrina judicial y, por lo tanto, validarse el registro de quien aspira a la diputación federal por vía representación proporcional. Es decir, fue registrado como candidato propietario en ese cargo el gobernador de Morelos. Sin embargo, se le debe exigir la separación inmediata del cargo a la gubernatura, para cumplir con el requisito de la fracción cuarta”
La presidenta de la Sala Superior, Mónica Soto, en cambio, consideró que se debía retirar la candidatura.
“En efecto, los partidos políticos apelantes plantean que debió declararse improcedente el registro de una candidatura a una diputación federal por el principio de representación proporcional en virtud de que la persona postulada ostenta el cargo de la gubernatura en una entidad federativa que forma parte de la circunscripción plurinominal en donde se registró”.
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