Ciudad de México.- En lo general y en lo particular, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 de la Constitución Política, para prohibir la reelección consecutiva y el nepotismo electoral.
El dictamen a la minuta, que se deriva de una iniciativa impulsada por la presidenta de la República, fue turnado a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para sus efectos constitucionales.
Con la mayoría calificado de 432 votos a favor, 28 en contra y cuatro abstenciones, el Pleno avaló en lo particular y en términos del dictamen las propuestas de modificación a los artículos 55, 59, 82, 115, 116 y 122 del proyecto de decreto, así como a los transitorios Primero, Segundo, Tercero y Cuarto.
En la discusión, diputadas y diputados de Morena, PAN, PT, PRI y MC presentaron reservas, mismas que fueron retiradas, se pidió publicar en el Diario de Debates, o no se admitieron a discusión, por lo que fueron desechadas.
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El dictamen prohíbe la reelección inmediata para los cargos de diputaciones, senadurías, Presidencia de la República, gobernaturas, diputaciones locales, presidencias municipales, regidurías, sindicaturas, jefatura de gobierno, alcaldías y concejalías.
Establece la constitucionalización del «nepotismo electoral», al señalar como requisito que las personas que busquen participar para un cargo de elección popular no tengan o hayan tenido en los últimos tres años anteriores al día de la elección, un vínculo de matrimonio, o concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado.
En el régimen transitorio expone que la prohibición de nepotismo electoral será aplicable, a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030, y la prohibición de reelección de las personas servidoras publicas tendrá efecto en los procesos electorales federales y locales de 2030,
Precisa que, en consecuencia, las personas que en 2030 se encuentren ejerciendo los cargos públicos a que hace referencia la presente reforma, no podrán postularse para procesos de reelección.
Además, la Federación, entidades federativas y la Ciudad de México deberán adecuar sus constituciones y demás ordenamientos correspondientes en un plazo de ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
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