Aunque se pretendía que este miércoles en la sesión ordinaria se presentara al Pleno del Congreso local para su votación y, en su caso aprobación del Dictamen de la Comisión Permanente de Procuración de Justicia con el que se busca otorgar autonomía e independencia plenas a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, éste no fue incluido en la plenaria porque sigue en análisis.
De acuerdo con el diputado presidente de dicha Comisión, Genaro Ibáñez Martínez, no existen riesgos de que al darle autonomía a la Fiscalía ésta sea utilizada para tomar venganza contra los opositores de la administración estatal.
¿Qué pasaría si se aprueba la autonomía de la Fiscalía Anticorrupción?
En entrevista, en la cual defendió el Dictamen que se generó a una semana de haberse presentado la propuesta, el legislador manifestó que únicamente se le darán más atribuciones para que, de una manera autónoma, con determinaciones y decisiones propias, pueda resolver los delitos de corrupción.
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“No (será brazo ejecutor) porque todas las determinaciones que se hagan tienen que estar apegadas al derecho, o sea, no es para tomar venganzas ni nada de eso, no es una ley de inquisición, para nada”, dijo.
Destacó que entre las atribuciones de la Fiscalía Especializada quedarán configuradas en la constitución, en los reglamentos y en las leyes que existen para darle facultades.
Puntualizó que, además, se establece que se genere una convocatoria para elegir a la persona que estará al frente de la Fiscalía.
“Una vez que se apruebe se definirá dicha situación, de eso todavía no se toca, son varios temas los que están pendientes”, expresó.
¿Por qué no se ha votado por el dictamen para la Fiscalía Anticorrupción?
Sobre el tema, el coordinador de la bancada del PAN, Enrique Cambranis Torres, señaló que continúan analizando la iniciativa, pero a la fecha no están a favor de que se apruebe porque tienen “muchas dudas”.
Comentó que primero se debe analizar la viabilidad, ya que “parece que ahora serán dos fiscalías y tampoco hay nada que indique compruebe su eficacia”.
“Creo que es un tema que deberíamos estar debatido, de parte nuestra estamos analizando, tenemos varias dudas al respecto, digo, no hay una referencia en relación a otros lados que funcione, eso causa algunas dudas, entonces hasta ahora estamos todavía en análisis de esta propuesta, al momento no creo que estemos a favor si entra el día de hoy”, argumentó.
En su opinión, no deben darle salida a la iniciativa “a bote pronto”, pues los legisladores deben revisarla más a fondo.
“Habría que analizar bien porque generas otra dependencia, prácticamente, que tiene que haber alrededor de la Fiscalía, entonces de nuestra parte es analizarla”, dijo.
La semana pasada la diputada de Morena Janix Lilian Castro Muñiz presentó ante el Pleno una iniciativa con la que se busca generar independencia administrativa y económica para la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, al pedir que sea un organismo autónomo.
¿Qué incluye la propuesta para la autonomía de la Fiscalía Anticorrupción?
En la propuesta se incluye modificar la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Veracruz, a fin de que la Fiscalía sea considerada el Ministerio Público con competencia exclusiva en los delitos por hechos de corrupción.
Conforme a lo establecido al documento presentado por el grupo legislativo de Morena se pretende dotar de autonomía a la Fiscalía Anticorrupción, específicamente en cuatro categorías: Administrativa, técnica, de gestión y de decisión.
De aprobarse esta modificación la Fiscalía quedaría limitada en sus competencias en materia de combate a la corrupción, con el objetivo de que la investigación y judicialización de los delitos por hechos de corrupción, correspondan exclusivamente a esta área.
De la misma forma, se modificaría la atribución indelegable de la FGE para que mantenga la expedición de nombramiento, determinación de cambios de adscripción; concesión de licencias y aceptación de renuncias, separación, remoción, bajas o ceses de su personal de confianza, con excepción de los miembros de la Fiscalía Anticorrupción, cuya facultad se circunscribe únicamente para dicha entidad.
En la propuesta también se reduce la potestad para solicitar la remoción del Fiscal Anticorrupción, de acuerdo con las causales legales establecidas, correspondiendo únicamente al Congreso del Estado; eliminando de este modo la facultad que compartía la FGE, puesto que se busca eliminar toda disposición normativa que implique una facultad sesgada de subordinación ante cualquier organismo o entidad.
Entre las acciones de beneficio para la Fiscalía Especializada, se integra que se genere el fortalecimiento de la misma y para su titular, quien contará con un amplio catálogo de funciones y atribuciones que le permitan ejercer su encargo sin mayor limitante que la propia ley, dotando de un marco de seguridad jurídica que respalde su actuación frente a los particulares sujetos a sus procedimientos como a la colaboración con otras entidades y organismos.
Asimismo, se integra la posibilidad de desaparecer las áreas de la FGE que lleven a cabo funciones en materia de combate a la corrupción para ser trasladadas a la estructura orgánica de la Fiscalía Anticorrupción, la cual atraerá todos los asuntos que se encuentren en trámite para asumir su conocimiento, seguimiento y resolución.
En caso de aprobarse esta iniciativa, la FGE tendría que realizar las adecuaciones administrativas y financieras para cumplir con las disposiciones de la modificación, garantizando la subsistencia actual de los recursos humanos, materiales y financieros de la Fiscalía Especializada.
Para ello, el Congreso local iniciaría el procedimiento de nombramiento de un nuevo Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, para lo cual contará con 30 días naturales para emitir la convocatoria respectiva, una vez que quede aprobada esta iniciativa.
Además, se prevé que la Fiscalía General y la Fiscalía Anticorrupción cuente con un plazo de 60 días naturales, contados a partir del inicio de la vigencia del presente Decreto, para realizar las adecuaciones reglamentarias correspondientes.
Para la transición de los recursos indicados en los artículos que anteceden, las Fiscalías que hubieran tenido conocimiento de asuntos en materia de combate a la corrupción contarán con un plazo máximo de sesenta días naturales contados desde el inicio de la vigencia del presente Decreto, para lo cual deberán establecer un plan de trabajo.
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