La más reciente batalla emprendida por las autoridades cubanas contra las micro, pequeñas y medianas empresas privadas (mipymes) acaba de concretarse en ley, según consigna la Gaceta Oficial publicada este lunes. La nueva normativa –un enorme paquete de 19 resoluciones, algunas de ellas decretos ley, que derogan todas las disposiciones anteriores referidas a las empresas privadas, desde 2012 hasta el año pasado– refuerza el control fiscal sobre los empresarios, un objetivo apenas adornado con los eufemismos de rigor: “corregir distorsiones y reimpulsar la economía”.
Las “adecuaciones tributarias”, resume Cubadebate, están en correspondencia con la actualización del sistema, pero también con “los crecimientos en los niveles de ingresos de los actores económicos no estatales y trabajadores por cuenta propia, al ser el Sistema Tributario la principal fuente de ingresos del Presupuesto del Estado”.
La alusión a las ganancias de los privados y la necesidad de fiscalizarlas son varias en la nota del periódico oficialista de este lunes. Así: “Transcurridos más de dos años de iniciado el proceso de creación de las mipymes, estas han demostrado capacidad contributiva y es necesario potenciar los ingresos al Presupuesto del Estado, por lo que se elimina el beneficio que tenían los socios, exentos del pago del impuesto sobre ingresos personales por los dividendos que obtengan en su primer año de operaciones”.
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También eliminan la exención de pagos para trabajadores por cuenta propia en los tres primeros meses que realizan operaciones
De igual manera, también eliminan la exención de pagos para trabajadores por cuenta propia (TCP) en los tres primeros meses que realizan operaciones, algo que profundiza iniciativas anteriores del Gobierno, como la de principios de 2023 que eliminaba el impuesto del 10% sobre la comercialización mayorista para las mipymes durante su primer año de vida.
“Los incentivos fiscales deben ser temporales para estimular una actividad o sectores de la economía”, expresa Cubadebate, sin mencionar las numerosas críticas de empresarios de la Isla, como los agrupados en torno a la plataforma Auge, que acreditan el poco estímulo que provoca en los privados semejante carga tributaria.
Otro impuesto registrado en las nuevas resoluciones es el del 5% por la “utilización de la fuerza de trabajo”.
A partir de ahora, los trabajadores por cuenta propia que tengan ingresos superiores a 500.000 pesos al año estarán obligados a llevar la contabilidad de sus operaciones fiscales y presentar sus estados financieros según el proceso más complejo y costoso de las «Normas Cubanas de Información Financiera”. Quienes obtengan ingresos anuales inferiores a esa cifra, solo tendrán que llevar el “Registro de Control de Ingresos y Gastos y la documentación probatoria de las operaciones”.
Además, dado el “alto nivel de incumplimiento” en el pago del impuesto por la transmisión de bienes y herencias, este tendrá que hacerse mediante “escritura notarial” y no en el Registro de la Propiedad, como hasta ahora.
El nuevo Decreto 107 sobre las actividades «no autorizadas» no es «de aplicación a las micro, pequeñas y medianas empresas estatales»
Las actividades prohibidas para empresas privadas siguen siendo las habituales –consultas profesionales de médicos, arquitectos o abogados, cualquier labor relacionada con el periodismo o las telecomunicaciones, oferta de servicios funerarios, enseñanza, etcétera–, pero los rubros han subido de 112 a 125, pese a la insistencia de Cubadebate en que las nuevas resoluciones llama a las nuevas resoluciones se mueven “bajo el principio de no retroceder”.
El régimen especifica en el nuevo Decreto 107 sobre las actividades “no autorizadas” que “no es de aplicación a las micro, pequeñas y medianas empresas estatales, ni a las organizaciones políticas, de masas y sociales”, algo ya sobreentendido en el anterior decreto ley que regulaba hasta ahora las mipymes, promulgado en 2021, donde enlistaban las actividades “no autorizadas a ejercer por las micro, pequeñas y medianas empresas privadas, las cooperativas no agropecuarias y los trabajadores por cuenta propia”.
La normativa, que entrará en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, se veía venir, no solamente por las declaraciones de los más altos funcionarios del régimen, que apenas el mes pasado anunciaron nuevas medidas contra los privados, sino en diversas publicaciones oficiales, haciendo hincapié en la evasión fiscal por parte de los empresarios.
Sin embargo, otras voces, algunas de ellas no precisamente disidentes, han pedido directamente un cambio en el sistema para solucionar la crisis económica permanente. Así la economista oficialista Iliana Díaz, que en una entrega del programa Cuadrando la Caja, en la televisión estatal, dio por “agotado” el modelo cubano y pidió un cambio y, en una entrevista para OnCuba, sugirió a los gobernantes en lugar de centrarse en “corregir distorsiones”, poner los pies en la tierra y mejorar las condiciones de los privados.
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